Texto oficial
Artículo 7.o La Municipalidad depositará en la Cuenta de Depósito Fiscal 'F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos' la cantidad a que ascienda el servicio de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias del empréstito. Asimismo, la Municipalidad de Ránquil deberá consultar en su presupuesto anual en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación del empréstito y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con la autorización concedida en el artículo 3.o de la presente ley.