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Artículo 7 de la Ley 11.533

Autoriza a la i. municipalidad de ranquil para contratar directamente con el banco del estado de chile un prestamo que produzca hasta la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269097 / 8434394.

Texto oficial

Artículo 7.o La Municipalidad depositará en la Cuenta de Depósito Fiscal 'F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos' la cantidad a que ascienda el servicio de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias del empréstito. Asimismo, la Municipalidad de Ránquil deberá consultar en su presupuesto anual en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación del empréstito y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con la autorización concedida en el artículo 3.o de la presente ley.