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Artículo 1 de la Ley 11.532

Autoriza a la i. municipalidad de carahue para contratar directamente con el banco del estado o con otras instituciones de credito uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269099 / 8434398.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Carahue para contratar directamente con el Banco del Estado, con otras instituciones de crédito o con particulares, uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000), a un interés no inferior al diez por ciento (10%) anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de siete años.