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Artículo 2 de la Ley 11.532

Autoriza a la i. municipalidad de carahue para contratar directamente con el banco del estado o con otras instituciones de credito uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269099 / 8434399.

Texto oficial

Artículo 2.o Para los efectos de la contratación del o los préstamos a que se refiere el artículo anterior no regirán las disposiciones restrictivas de la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile.