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Artículo 2 de la Ley 11.539

Autoriza al presidente de la república poner a disposicion de la sociedad hospitalaria san jose la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269110 / 7363521.

Texto oficial

Artículo 2.o El mayor gasto que significa el artículo 1.o de la presente ley se cubrirá con los fondos consultados en el ítem 120108 h-4 del presupuesto del presente año.