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Artículo 3 de la Ley 11.925

Autoriza a la municipalidad de victoria para contratar uno o mas prestamos hasta por la suma de $ 20.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26922 / 8279961.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los préstamos que se contraten será invertido en la ejecución de las siguientes obras: a) Mejoramiento de la red de distribución de energía eléctrica de la ciudad de Victoria _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ $ 4.000.000 b) Instalación, mejoramiento y ampliación del servicio de distribución de energía eléctrica en las localida- des de Selva Oscura, Púa, Quino y Raricura _ _ _ _ _ _ _ _ 16.000.000 ------------ $ 20.000.000 ============ La Municipalidad de Victoria queda autorizada para suscribir acciones o debentures de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDESA) o de sus filiales hasta el monto del o los préstamos autorizados, siempre que dicha entidad invierta en las finalidades señaladas en el inciso anterior el valor de la suscripción.