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Ley 11.936

Autoriza a la municipalidad de lota para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de 18 millones de pesos con el fin de destinarlos a la construccion de un mercado; para su servicio establece una contribucion adicional de dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26929

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Artículos

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