Texto oficial
Artículo 4.o Esta ley regirá desde el 1.o de Julio de 1955."
Fija la gratificacion de que gozara el personal de la defensa nacional que se desempeñe en las bases antarticas y el que forma parte de la comision antartica de relevo suprime las gratificaciones especiales a que se refieren los articulos 7.° y 11.° de la ley 11.824, de 5 de abril de 1955, y la gratificacion de aislamiento agrega inciso 3.° al articulo 44.° del decreto con fuerza de ley 209, de 21 de julio de 1953, que fijo el texto definitivo de la ley de retiro y montepio de las fuerzas armadas.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26933 / 9044108.