Texto oficial
Artículo segundo transitorio: Para el año escolar
2023, la práctica profesional tendrá una duración mínima
de 180 horas en todas las especialidades que señalan las
Bases Curriculares de la Formación Diferenciada
Técnico-Profesional, y podrá ser efectuada, en todo o en
parte, bajo la modalidad a distancia, si así se establece
entre el establecimiento educacional, el estudiante y el
lugar donde aquella se realice, debiendo ser registrada en
el respectivo instrumento de práctica.