Saltar al contenido

Artículo 3 transitorio de la Ley 11.986

Fija escala de sueldos para los miembros de los tribunales ordinarios de justicia y especiales del trabajo y de menores y sus respectivos oficiales subalternos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26950 / 8744539.

Texto oficial

Artículo 3° Las seis plazas que figuran como cargos a contrata para oficial de Secretaría de los Tribunales en el ítem 08/03/04-a del Presupuesto del presente año, pasarán a la planta permanente con los sueldos que la presente ley fija a los respectivos cargos. Las personas que se encuentren desempeñando esas funciones no necesitarán de nuevo nombramiento.