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Artículo 2 de la Ley 11.992

Dispone el ingreso a rentas generales de la nacion del impuesto que señala y otorga una subvencion en favor de la federacion aerea de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26956 / 5970623.

Texto oficial

Artículo 2°.- El Presupuesto General de la Nación consultará anualmente una subvención en favor de la Federación Aérea de Chile, con el objeto de que ésta propenda al desarrollo de la aviación civil, el monto de la cual no podrá ser inferior al total del impuesto percibido en el año anterior por concepto de la aplicación del artículo 1°.