Texto oficial
Artículo 10°.- Esta ley comenzará a regir 30 días después de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Faculta a las municipalidades de la república para que, a peticion de los empleadores o empleados, puedan decretar el cierre obligatorio de establecimientos comerciales minoristas los dias sabados a las 13 horas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26963 / 8999776.