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Artículo 8 de la Ley 12.000 · Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1956.

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1956.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26964 / 9044123.

Texto oficial

Artículo 8.o Fíjanse para el año 1956 los siguientes porcentajes de gratificación de zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.o del D.F.L. N.o 256, de 29 de Julio de 1953, y el artículo 10 de la ley N.o 9,963, de 7 de Febrero de 1952, para el personal radicado en los siguientes lugares: PROVINCIA DE TARAPACA______________________________ 40% El personal que preste sus servicios en el departamento de Arica, tendrá el_________________ 40% El personal que preste sus servicios en los Retenes "La Palma", "San José" y "Negreiros"; en Villa Industrial, Poconchile, Puquios, Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduana de Chaca, Camarones, Pisagua, Zagica, Aguada, Poroma, Sibaya, Huaviña, Mocha, Pachica, Tarapacá, Huara, Caleta Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex-Brac), Alianza, Buenaventura, Posta Rosario y Pozo Almonte, tendrá el________________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Visvirí, Putre, Alcérreca y Cuya, tendrá el_______________ 80% El personal que preste sus servicios en Parinacota, Chugará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilcaya, Huayatiri, Isluga, Chusmita, Cancosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna del Huasco, Retén Camiña, Ticnamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Caruquima, Chiapa, Sotoca, Jaiña, Camiña, Chapiquilla, Miñi-Miñe, Parca y Macaya, Portezuelo de Chapiquiña y Retén Caritaya, tendrá el________________________________________100% PROVINCIA DE ANTOFAGASTA___________________________ 30% El personal que preste sus servicios en los departamentos de Taltal y Tocopilla y en las localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de Valdivia, José Francisco Vergara, Calama, Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el_______________________________________________ 50% El personal que preste sus servicios en Chiu-Chiu, San Pedro de Atacama, Toconao, Estación San Pedro, Quillahue, Prosperidad, Rica Aventura, Empresa, Algorta, Mina Despreciada, Chacance, Miraje, Gatico, Baquedano, Pampa Unión, Sierra Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela, Altamira, Mineral, El Guanaco, Catalina, Sierra Overa, Mejillones, Flor de Chile y Retén Oficina Alemania, tendrá el______________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Ascotán, Socaire, Peine, Caspana, Ollague, Ujina (ex Collahuasi) y Río Grande, tendrá el______________100% PROVINCIA DE ATACAMA_______________________________ 30% PROVINCIA DE COQUIMBO______________________________ 15% PROVINCIA DE VALPARAISO: El personal que preste sus servicios en la Isla Juan Fernández, tendrá el________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla de Pascua, tendrá el________________________________100% PROVINCIA DE CONCEPCION____________________________ 10% PROVINCIA DE ARAUCO________________________________ 10% PROVINCIA DE MALLECO: El personal que preste sus servicios en la localidad de Lonquimay, tendrá el________________ 30% PROVINCIA DE CHILOE________________________________ 20% El personal que preste sus servicios en Chiloé Continental y Archipiélago de las Guaitecas, tendrá el________________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Huafo, Futalelfú y Palena, tendrá el_____________100% PROVINCIA DE AYSEN_________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Chile Chico, Baker, Río Ibáñéz, La Colonia, Cisnes, Balmaceda, Lago Verde, Cochrane, Río Mayer, Ushuaia, Retenes "Coyhaique Alto" y "Puesto Viejo" tendrá el_________________________________100% PROVINCIA DE MAGALLANES____________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Evangelistas e Isla Navarino, San Pedro, Muñoz Gamero, Picton, Punta Yamara y Diego Ramírez, tendrá el________________________________________100% TERRITORIO ANTARTICO: El personal destacado en la Antártida, de acuerdo con el artículo 1.o de la ley N.o 11,492, tendrá el_______________________________________________600% El personal de la Defensa Nacional que forme parte de la Comisión Antártica de relevo, mientras dure la Comisión, tendrá el______________________300%