Texto oficial
Art�culo 2.o El aumento que como consecuencia de esta ley experimenten las pensiones inferiores a un mil pesos mensuales que actualmente esté pagando el Servicio de Seguro Social, producirá, en su caso, los efectos establecidos en el artículo 10.º del decreto con fuerza de ley N.oº 165, de 4 de Julio de 1953'.