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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 72

Fija las escalas de categorias, grados y sueldos del personal del servicio nacional de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269649 / 6641166.

Texto oficial

Artículo 9.o El Presidente de la República, a proposición del Consejo, podrá autorizar la contratación, conforme a las disposiciones del Código del Trabajo, a empleados técnicos especializados, para labores determinadas.