Texto oficial
Artículo 3°.- El producto del o los préstamos que se contraten será invertido en la ejecución de obras de mejoramiento en la red de distribución de energía eléctrica de la ciudad de Collipulli.
La Municipalidad de Collipulli podrá suscribir acciones o debenture de la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) o de sus filiales hasta el monto del o los préstamos autorizados, siempre que dicha entidad invierta en la finalidad señalada en el inciso anterior el valor de la suscripción.