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Artículo 3 de la Ley 12.002

Autoriza a la municipalidad de collipulli para contratar directamente con el banco del estado de chile el prestamo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26966 / 8279980.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los préstamos que se contraten será invertido en la ejecución de obras de mejoramiento en la red de distribución de energía eléctrica de la ciudad de Collipulli. La Municipalidad de Collipulli podrá suscribir acciones o debenture de la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) o de sus filiales hasta el monto del o los préstamos autorizados, siempre que dicha entidad invierta en la finalidad señalada en el inciso anterior el valor de la suscripción.