Texto oficial
"Artículo 1.o DEROGADO.
Establece el impuesto que indica sobre el precio de venta de la gasolina y petróleo que se expendan en las provincias de santiago, valparaíso y aconcagua, para ser invertido en las obras publicas que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26979 / 10294194.