Texto oficial
Artículo 4°.- Lo dispuesto en el artículo 2° de la presente ley regirá desde el 1° de Enero de 1956 y hasta la total terminación de las obras".
Desafecta de su actual calidad de bien nacional la plaza "veintiuno de mayo", de la comuna de curacautin, con el fin que señala, rebaja el impuesto que indica y establece una contribucion adicional para ser invertida en la construccion de un hospital
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26983 / 5970741.