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Artículo 37 de la Ley 20.255 · Establece reforma previsional

Establece reforma previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269892 / 8655413.

Texto oficial

Artículo 37.- Introdúcense en la ley N° 19.949, las modificaciones siguientes: a) Reemplázase en el artículo 2° la oración: "a las pensiones asistenciales del decreto ley N° 869, de 1975," por la frase "a la pensión básica solidaria de vejez o invalidez,". b) Suprímense en el inciso primero del artículo 7° las frases "y en el decreto ley N° 869, de 1975" y "y a la pensión asistencial"; reemplázanse en el mismo inciso las frases "contemplan dichos cuerpos legales" por "contempla dicho cuerpo legal" y "dichos cuerpos legales", la segunda vez que aparece en el texto, por "dicho cuerpo legal"; y reemplázase en el inciso segundo la frase "Estos beneficios serán asignados" por "Este beneficio será asignado". c) Elimínase en el artículo 9° la expresión "del Fondo Nacional de Pensiones Asistenciales".