Saltar al contenido

Artículo VIGESIMO transitorio de la Ley 20.255 · Establece reforma previsional

Establece reforma previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269892 / 8655529.

Texto oficial

Artículo vigésimo.- A contar de la fecha de publicación de la presente ley, el Instituto de Normalización Previsional ejercerá las funciones y atribuciones que correspondan al Instituto de Previsión Social hasta la fecha en que esta última institución entre en funciones. Del mismo modo, la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones ejercerá las funciones y atribuciones que correspondan a la Superintendencia de Pensiones, hasta que esta última institución entre en funcionamiento, con excepción de aquellas que se traspasen desde la Superintendencia de Seguridad Social, las que esta última continuará ejerciendo hasta dicha fecha.