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Artículo TRIGESIMO SEPTIMO transitorio de la Ley 20.255 · Establece reforma previsional

Establece reforma previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269892 / 8655549.

Texto oficial

Artículo trigésimo séptimo.- Los afiliados que se encuentren pensionados a la fecha de entrada en vigencia de las modificaciones que el Título V de esta ley introduce en el decreto ley N°3.500, de 1980 y que den cumplimiento a los requisitos establecidos en el inciso tercero del artículo 23 de dicho decreto ley, modificado por el número 17 del artículo 91 de esta ley, podrán ejercer la opción en él señalada.