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Artículo CUADRAGESIMO TERCERO transitorio de la Ley 20.255 · Establece reforma previsional

Establece reforma previsional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269892 / 8655555.

Texto oficial

Artículo cuadragésimo tercero.- Dentro de un plazo de noventa días contado desde la fecha de vigencia de las modificaciones que el Título V de esta ley introduce en el decreto ley N°3.500, de 1980, las Administradoras deberán adecuar los contratos de prestación de servicios que estuvieran vigentes a lo dispuesto en el artículo 23 del decreto ley N°3.500, de 1980, modificado por el número 17 del artículo 91 del Título V de esta ley.