Texto oficial
Artículo 3° Los objetos de la Corporación son los de adquirir de las empresas productoras salitre, yodo y demás subproductos derivados de la industria salitrera, venderlos, exportarlos, transportarlos, distribuirlos, hacer su propaganda, efectuar y celebrar en general, las operaciones de comercio, enajenaciones y demás que expresa esta ley, y que constituyen los fines de la Corporación.
La Corporación podrá realizar los actos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines y contraer toda clase de obligaciones relacionadas con la compra, movilización, distribución, propaganda y venta del salitre, del yodo y demás subproductos derivados de la industria salitrera.