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Artículo UNICO de la Ley 12.036 · Modifica el decreto n° 764, de 30 de marzo de 1949

Modifica el decreto n° 764, de 30 de marzo de 1949

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26998 / 5970783.

Texto oficial

"Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 3° del decreto supremo N° 764, del Ministerio de Salud Pública y Previsión Social, de fecha 30 de Marzo de 1949, que fija el texto refundido de las leyes N°s 7,874, 8,066, 8,107 y 9,300, las frases "mil millones de pesos" por "diez mil millones de pesos" y "cincuenta millones" por "quinientos millones".