Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto Ley 501

Decreto ley

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270099 / 9054556.

Texto oficial

Art. 6.o A las Cortes de Apelaciones corresponderá hacer la presentacion de los candidatos para los cargos de Jueces Letrados y Promotores Fiscales, de su respectiva jurisdiccion.