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Artículo 5 de la Ley 12.048 · Autoriza a la municipalidad de quillon para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de quillon para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27010 / 8280091.

Texto oficial

Artículo 5°.- En caso de que los recursos consultados en el artículo anterior fueren insuficientes o no se obtuvieren en la oportunidad debida la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias.