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Artículo 1 de la Ley 12.055

Concede al international sporting club el uso y goce gratuito, por el tiempo que indica, de los terrenos que señala, ubicados en santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27017 · idParte: 5970967

Texto oficial

"Artículo 1°.- Concédese al "International Sporting Club" el uso y goce gratuito, por el término de 25 años, de los terrenos ubicados en Santiago y comprendidos entre las calles Bellavista, por el Norte; Loreto, por el Poniente; Avenida Santa María, por el Sur, y Purísima, por el Oriente, sin perjuicio de las construcciones de propiedad fiscal o municipal que a la fecha existan en los terrenos indicados. Todas las mejoras que introduzca el Club beneficiado en los terrenos de la concesión serán, al término de ella, o en caso de disolución de la sociedad, de propiedad fiscal.