Saltar al contenido

Ley 12.068

Autoriza a la municipalidad de tome para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 11.000.000 con el fin de destinarlos a obras de pavimentacion, de alcantarillado, de alumbrado publico y de agua potable, a la construccion de habitaciones para empleados y obreros municipales y a la adquisicion de vehiculos motorizados para el servicio de aseo, para su servicio establece las contribuciones adicionales que indica, señaladas en las leyes 7.317, de 6 de noviembre de 1942, 8.759, de 8 de abril de 1947, y 11.510, de 2 de abril de 1954.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27024

Índice de normas

Artículos

Esta norma no contiene artículos disponibles en el corpus.