Texto oficial
Artículo 65. El feriado judicial a que se refiere el
artículo 313 del Código Orgánico de Tribunales, no se
aplicará a las actuaciones del Servicio de Impuestos
Internos relacionadas con la presente ley.
Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala
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