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Artículo 65 (DEL ART 1) de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27030 · idParte: 8784658

Texto oficial

Artículo 65. El feriado judicial a que se refiere el artículo 313 del Código Orgánico de Tribunales, no se aplicará a las actuaciones del Servicio de Impuestos Internos relacionadas con la presente ley.