Saltar al contenido

Artículo 76 de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784778.

Texto oficial

ARTICULO 76. Facúltase a la Editorial Jurídica de Chile para establecer empresas o constituir o integrar sociedades destinadas a distribución o publicación de toda clase de obras científicas y didácticas. Se la autoriza, además, para usar indistintamente su propia denominación o la de Editorial Andrés Bello.