Texto oficial
ARTICULO 99. Facúltase al Presidente de la República
para poner a disposición del Registro Electoral con cargo a
la presente ley hasta la suma de cuarenta millones de pesos
($ 40.000.000).
Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784801.