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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 43

Fija impuestos de internacion a los cigarrilos y tabaco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270506 / 8377000.

Texto oficial

Artículo 2.o Rebájase a $ 8 oro kilo legal el derecho específico de internación, que grava a los cigarrillos que se aforan por la partida 263 del Arancel Aduanero.