Texto oficial
Artículo 2.o Rebájase a $ 8 oro kilo legal el derecho específico de internación, que grava a los cigarrillos que se aforan por la partida 263 del Arancel Aduanero.
Fija impuestos de internacion a los cigarrilos y tabaco
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270506 / 8377000.