Texto oficial
Artículo 5.o Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6.o permanente, el empleado que actualmente ocupa el cargo de Secretario de la Redacción de Sesi�nes del Senado, continuará en dicho cargo y pasará al Escalafón Profesional de Secretaría cuando se produzca en éste la vacante de un cargo de igual o mayor remuneración y le corresponda por su antigüedad en el Servicio.