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Artículo 19 (DEL NRO. Nº2) de Resolución 425

Deja sin efecto resolución d.g.a. nº 341, de 2005, y establece nuevo texto de resolución que dispone normas de exploración y explotación de aguas subterráneas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 270521 · idParte: 6644810

Texto oficial

Artículo 19º. En la resolución que autorice un permiso de exploración, la Dirección General de Aguas podrá establecer todas aquellas condiciones y medidas que estime pertinentes para resguardar el entorno ecológico y la calidad de las aguas subterráneas contenidas en el acuífero explorado. Asimismo, dichas condiciones podrán incorporarse durante la exploración mediante resolución fundada que modifique el permiso original.