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Artículo 4 de la Ley 12.189

Autoriza a la municipalidad de las barrancas, del departamento de santiago, para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27067 / 8280148.

Texto oficial

Artículo 4° Establécese para atender el servicio del o los empréstitos autorizados por la presente ley una contribución adicional anual de uno y medio por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Las Barrancas, contribución que empezará a cobrarse desde la contratación del o los empréstitos autorizados y regirá hasta el pago total de los mismos.