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Artículo 3 de la Ley 12.190 · Autoriza a la municipalidad de san bernardo para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de san bernardo para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27068 / 8280157.

Texto oficial

Artículo 3° Prorróganse, con el objeto de servir el o los empréstitos autorizados por la presente ley y hasta el pago total de ellos o hasta la terminación de las obras, las contribuciones adicionales establecidas en el artículo 6° de la ley 8,141, de 18 de Agosto de 1945, y en el artículo 5° de la ley N° 10,381, de 12 de Agosto de 1952.