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Artículo 1 transitorio de la Ley 12.430

Declara que los funcionarios y empleados de notaria, conservadores de bienes raices, comercio y minas y archivos judiciales que hayan jubilado y a los que en el futuro se les otorgue ese derecho estan comprendidos en los beneficios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27104 / 7174621.

Texto oficial

Artículo transitorio. Los fondos acumulados en la Cuenta E-21 "Desahucio de los Empleados de Notarías ley N.o 7,868", serán traspasados a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, dentro del plazo de 90 días, contados desde la promulgación de esta ley."