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Artículo 25 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764400.

Texto oficial

Artículo 25. Fíjanse en los incisos primero y segundo del artículo 7.o del decreto N.o 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fija el texto refundido de la Ley de Impuestos a la Internación y Cifra de Negocios, las tasas únicas del 15% y 16%, respectivamente", siendo aplicables sobre la tasa del inciso primero los recargos del 50% y 100% señalados en el artículo 7.o transitorio de la ley N.o 11,575, de 14 de Agosto de 1954, y quedan permanentes.