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Artículo 30 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764405.

Texto oficial

Artículo 30. Agrégase al artículo 3.o del Título I de la ley N.o 12,120, el siguiente inciso nuevo: "No obstante lo anterior, la tasa será del 15% en la transferencia de vinos, champañas y licores que se expendan en restaurantes, bares, tabernas, cantinas, clubes sociales y cualquiera otro negocio similar de primera clase, boites, cabarets y quintas de recreo."