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Artículo 46 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764421.

Texto oficial

Artículo 46. Los cargos a contrata de la Superintendencia del Cobre y Salitre, contemplados en la Ley de Presupuestos, pasarán a formar parte de la planta permanente de la Superintendencia del Cobre y Salitre. La provisión de los nuevos cargos de la planta permanente se hará con los funcionarios en actual servicio y por estricto orden de escalafón. Para los efectos del artículo 74 del D. F. L. Nº 256, no importarán ascensos. Los funcionarios contratados actualmente ingresarán a la planta permanente del Servicio en los últimos lugares de los respectivos escalafones.