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Artículo 57 de la Ley 12.434

Reajusta los sueldos de los empleados publicos que;indica e introduce modificaciones a la ley de impuesto a;la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27108 / 8764432.

Texto oficial

Artículo 57. Declárase que de los cargos de operadores especializados de máquinas Hollerith, creados en virtud del artículo 25.o de la ley N.o 12,084, los grados 2.o al 6.o corresponden a Técnicos Operadores y los de los grados 7.o a 9.0 a Perforadores. Compleméntase dicha planta con dos cargos de técnicos operadores grado 6.o. Suprímese en la planta de la Tesorería General, dos cargos de empleados contratados grado 18.o.