Texto oficial
Artículo 57. Declárase que de los cargos de
operadores especializados de máquinas Hollerith, creados en
virtud del artículo 25.o de la ley N.o 12,084, los grados
2.o al 6.o corresponden a Técnicos Operadores y los de los
grados 7.o a 9.0 a Perforadores.
Compleméntase dicha planta con dos cargos de técnicos
operadores grado 6.o.
Suprímese en la planta de la Tesorería General, dos
cargos de empleados contratados grado 18.o.