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Artículo 27 (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 8436100

Texto oficial

Artículo 27.- La Dirección General, una vez aprobado el proyecto, autorizará la instalación de la industria mediante una resolución fundada.