Texto oficial
Artículo 251.- Para el transporte de los explosivos al
lugar de la faena, se deberá contar con la respectiva Guía
de Libre Tránsito y dar cumplimiento al artículo 271 del
presente Reglamento.
Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares
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