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Artículo 267 (DEL ART. N° 1) del Decreto 83

Aprueba reglamento complementario de la ley nº 17.798, sobre control de armas y elementos similares

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 271221 · idParte: 8436382

Texto oficial

Artículo 267.- Todo transporte o embarque debe contar con una Guía de Libre Tránsito, la cual tendrá una vigencia de 20 días corridos y será otorgada por la Autoridad Fiscalizadora del lugar donde se utilizará el explosivo o del lugar de iniciación del transporte. En ambos casos, el solicitante deberá presentar su certificado de inscripción anual vigente correspondiente al lugar donde se trasladarán los explosivos.