Saltar al contenido

Artículo 32 de la Ley 12.462 · Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27127 · idParte: 8999867

Texto oficial

Artículo 32. La contravención de las disposiciones de esta ley que obligan a la inversión de los fondos por ella consultados en la construcción de viviendas y urbanización consiguiente, será sancionada con la destitución del empleado o funcionario que autorice o dé su visto bueno a estados de pago que no correspondan a los fines de esta ley, sin perjuicio de las sanciones penales correspondientes.