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Artículo 34 de la Ley 12.462 · Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27127 / 8999869.

Texto oficial

Artículo 34. Autorízase al Presidente de la República para transferir a la Corporación de la Vivienda, a título gratuito, aquellos terrenos fiscales en los que actualmente existan poblaciones formadas por viviendas populares de emergencia, o susceptibles de ser utilizados para la construcción de poblaciones, como asimismo para transferir en igual forma a dicha Corporación las construcciones fiscales existentes en ellos.