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Artículo 38 de la Ley 12.462 · Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27127 · idParte: 8999873

Texto oficial

Artículo 38. No regirá por dos años para el Servicio de Seguro Social, lo dispuesto en la letra d) del artículo 59.o de la ley N.o 10,383.