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Artículo 59 de la Ley 12.462 · Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Aumenta la asignacion familiar y modifica las leyes;que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27127 / 8999894.

Texto oficial

Artículo 59. Suprímese en la letra d) del artículo 23.o de la ley N.o 12,434, la frase "agregando al final: "Este impuesto será del 43,125% para los establecimientos a que se refiere la letra g) del artículo 37.o de la ley N.o 6,640". Declárase que las rentas devengadas u obtenidas del 1.o de Enero de 1956, por las empresas a que se refería la disposición que se suprime, estarán afectas a la tasa ordinaria de 29% establecida por la parte no modificada de la letra d) del artículo 23 de la ley N.o 12,434.