Texto oficial
Artículo 2°.- Los efectos de esta ley regirán a contar del 1 de mayo del año 2008.
Elimina el componente fijo del impuesto específico que grava la utilización de los combustibles gas natural comprimido y gas licuado de petróleo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271339 / 8676265.