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Artículo 2 de la Ley 12.568

Autoriza expropiar, en favor del ministerio de educación pública y con el objeto de construir el liceo de hombres n° 10 de santiago, los inmuebles que indica y cuyos deslindes señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27172 / 7174700.

Texto oficial

Artículo 2° Decláranse de utilidad pública, y facúltese al Presidente de la República para expropiar los derechos que pudieran corresponder a particulares en los terrenos ocupados por la calle Madrid, entre la Avenida Diez de Julio y la calle Ricantén; Ricantén entre la calle General Urriola y Madrid y la calle Juan Ramsay, de Santiago. Para el caso de que la calle Juan Ramsay fuere considerada bien nacional de uso público, desaféctase de dicha calidad jurídica a los terrenos ocupados por ella, los que se destinarán a servir las necesidades de cualquiera índole del Liceo de Hombres N.° 10 de Santiago.