Texto oficial
Artículo 4° El monto que demande el gasto de esta ley será puesto a disposición del Ministerio de Obras Públicas por el Ministerio de Educación, con cargo a los fondos de la ley 11.766.
Autoriza expropiar, en favor del ministerio de educación pública y con el objeto de construir el liceo de hombres n° 10 de santiago, los inmuebles que indica y cuyos deslindes señala.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27172 / 7174702.